Requisitos para presentar la Declaración Jurada del impuesto de patente

REQUISITOS PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO DE PATENTE

PARA EL CASO DE LOS CONTRIBUYENTES ADSCRITOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO, SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

  1. Llenar debidamente el formulario facilitado por la municipalidad con toda la información ahí requerida. Será obligación además la indicación, de un medio electrónico para recibir notificaciones, esto de conformidad con el numeral 134 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y artículo 12 del Reglamento de Licencias Comerciales de la Municipalidad de Moravia.
  2. Adjuntar las respectivas declaraciones de compras presentadas ante la Dirección General de Tributación Directa correspondientes a los siguientes trimestres del período fiscal 2022: Enero-Marzo, Abril-Junio, Julio-Setiembre, Octubre-Diciembre. (Artículo 14 párrafo segundo de la Ley N° 8658 y artículo 39 del Reglamento de Licencias Comerciales de la Municipalidad de Moravia).
  3. El patentado debe estar al día con las obligaciones tributarias municipales. (Artículos 77 bis y 78 del Código Municipal, artículos 18, 40 y 103 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y artículo 3 del Reglamento de Licencias Comerciales de la Municipalidad de Moravia).
  4. Plazo de presentación de la Declaración: Del 02 al 16 de enero del 2023. (Artículo 74 Ley N° 7092).

 

Notas:

Por una única vez, se deberán llenar para el período 2023 dos formularios, esto por cuanto la Ley de Patentes Comerciales de la Municipalidad de Moravia (Ley N° 8658), estaría vigente y parcialmente hasta el primer trimestre del del 2023, siendo que una vez que empiece regir la nueva Ley Reguladora de Licencias Comerciales del Cantón de Moravia, (la cual deroga en su totalidad la Ley N° 8658); se debe realizar el cálculo del impuesto de patente, con una  nueva tarifa; situación que repercutirá en que se deban de realizar dos cálculos prorrateados. Así y para efectos de facilitar la gestión al administrado, se deben de llenar dos formularios con toda la información ahí requerida y por la totalidad del periodo 2023, siendo que una vez procesada la información tributaria por la corporación municipal, se distribuirán equitativamente los cálculos de manera automática en los periodos correspondientes.

Tómese en cuenta que en lo que respecta al Formulario de Declaración Jurada del Impuesto de Patente, dispuesto para la Ley Reguladora de Licencias Comerciales del Cantón de Moravia, en su artículo 19, se dispone de lo siguiente: “Tarifa del impuesto en el régimen de tributación simplificada. El impuesto de patentes para el caso de los contribuyentes registrados bajo el régimen de tributación simplificada se fija en un cero coma cinco por ciento (0,5%) sobre la totalidad de compras del período fiscal inmediato anterior que no superen los diez millones de colones, un uno cincuenta por ciento (1,50%)  sobre la totalidad de compras del período fiscal inmediato anterior que se encuentren dentro del rango de diez millones un colones hasta treinta millones de colones y un uno por ciento (1%) sobre la totalidad de compras del período fiscal inmediato anterior que superen el rango de treinta millones de colones. El resultado obtenido constituirá el impuesto anual, el cual, para efectos de pago, se dividirá en proporción igual entre los cuatro trimestres del año. En estos casos, el patentado queda obligado a presentar la declaración mencionada en el artículo 33 de esta ley, además, una copia simple de las declaraciones trimestrales de compras del período gravado, presentadas ante la Dirección General de Tributación”.

En concordancia con el artículo 10, párrafo segundo de la Ley de Patentes de la Municipalidad de Moravia, la no presentación en tiempo de la declaración, se sancionará con una multa equivalente al 20% del monto anual registrado del año anterior.

PARA EL CASO DE LOS CONTRIBUYENTES ADSCRITOS AL RÉGIMEN TRADICIONAL, SE DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

  1. Llenar debidamente el formulario facilitado por la municipalidad con toda la información ahí requerida. Será obligación además la indicación, de un medio electrónico para recibir notificaciones. (Artículo 134 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, artículo 12 del Reglamento de Licencias Comerciales de la Municipalidad de Moravia y artículo 11 de la Ley Reguladora de Licencias Comerciales del Cantón de Moravia).
  2. Adjuntar la respectiva Declaración de Renta presentada ante la Dirección General de Tributación Directa correspondiente al período finalizado 12/2022. (Artículo 7, párrafo tercero de la Ley N° 8658, artículo 37 del Reglamento de Licencias Comerciales de la Municipalidad de Moravia y artículo 16 de la Ley Reguladora de Licencias Comerciales del Cantón de Moravia).
  3. En los casos que corresponda, se deberá presentar complementariamente la Certificación de Contador Público Autorizado. (Artículo 41 del Reglamento de Licencias Comerciales de la Municipalidad de Moravia y artículos 16 y 34 de la Ley Reguladora de Licencias Comerciales del Cantón de Moravia).
  4. El patentado debe estar al día con las obligaciones tributarias municipales. (Artículos 77 bis y 78 del Código Municipal, artículos 18, 40 y 103 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, artículo 3 del Reglamento de Licencias Comerciales de la Municipalidad de Moravia y artículo 08 de la Ley Reguladora de Licencias Comerciales del Cantón de Moravia).
  5. Plazo de presentación de la Declaración: Del 02 de enero al 22 de marzo del 2023(Artículo 7, párrafo segundo de la Ley N° 8658 y artículo 31 de la Ley Reguladora de Licencias Comerciales del Cantón de Moravia).

 

Nota:

Por una única vez, se deberán llenar para el período 2023 dos formularios, esto por cuanto la Ley de Patentes Comerciales de la Municipalidad de Moravia (Ley N° 8658), estaría vigente y parcialmente hasta el primer trimestre del del 2023, siendo que una vez que empiece regir la nueva Ley Reguladora de Licencias Comerciales del Cantón de Moravia, (la cual deroga en su totalidad la Ley N° 8658); se debe realizar el cálculo del impuesto de patente con una  nueva tarifa; situación que repercutirá en que se deban de realizar dos cálculos prorrateados. Así y para efectos de facilitar la gestión al administrado, se deben de llenar dos formularios con toda la información ahí requerida y por la totalidad del periodo 2023, siendo que una vez procesada la información tributaria por la corporación municipal, se distribuirán equitativamente los cálculos de manera automática en los periodos correspondientes.

Tómese en cuenta que en lo que respecta al Formulario de Declaración Jurada del Impuesto de Patente, dispuesto para la Ley Reguladora de Licencias Comerciales del Cantón de Moravia, en su artículo 17, se instruye de lo siguiente: “Tarifa del impuesto en el régimen tradicional. Tratándose del régimen tradicional, el impuesto de patente comercial se fija en dos coma cinco colones (¢2,5) por cada mil colones (¢1 000,00), calculados sobre los ingresos brutos obtenidos durante la totalidad del período fiscal inmediato anterior. El resultado obtenido constituirá el impuesto a pagar anualmente, el cual, para efectos de pago, se dividirá en igual proporción entre los cuatro trimestres del año”.

En concordancia con el artículo 35 de la Ley Reguladora de Licencias Comerciales del Cantón de Moravia, la no presentación en tiempo de la declaración (incluida la documentación complementaria), se sancionará con una multa equivalente al 20% del monto anual registrado en el período tributario inmediato anterior.

Skip to content