Si usted tiene deudas con la Municipalidad por no haber pagado en tiempo los impuestos municipales generados antes del 30 de setiembre del 2018, durante el periodo que va del 30 de octubre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2019 podrá pagar la deuda sin recargo por intereses.
La amnistía o condonación tributaria estará vigente del 30 de octubre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2019.
Lo que usted no debe pagar si se acoge a la condonación son los intereses generados por pagos de impuestos no realizados antes del 30 de setiembre del 2018.
Sí, siempre y cuando se cancelen previamente los gastos y honorarios legales generados por el proceso de cobro judicial.
La condonación al haberse creado por una ley no tiene efectos retroactivos y por esto no es posible requerir devolución de pagos hechos antes de la entrada en vigencia de la misma (30 de octubre del 2018).